Buen día chic@s,
recordaremos en esta unidad el IVA general (16%), algunas tarifas especiales superiores e inferiores de acuerdo a algunas disposiciones contempladas por el gobierno nacional. Su declaración es bimestral.
recordaremos en esta unidad el IVA general (16%), algunas tarifas especiales superiores e inferiores de acuerdo a algunas disposiciones contempladas por el gobierno nacional. Su declaración es bimestral.
En cuanto a la RETEFUENTE profundizaremos su contabilización en el sector comercio pero repasaremos las diferentes liquidaciones de acuerdo a la actividad de la empresa.
Tabla de retención año 2012. (Declaración mensual)
El reteiva o retención en la fuente en el impuesto sobre las ventas, se estableció con el fin de facilitar, acelerar y asegurar el recaudo del impuesto sobre las ventas. Valor 50% del IVA. La retención en la fuente por IVA se practica siempre y cuando el hecho u
operación económica supere la base mínima, que para servicios es de 4
UVT y para compras es de 27 UVT ($26.049 año 2012). Declaración en el mes en que se ocasione la operación comercial. (Declaración mensual)*
La retención del impuesto de industria y comercio anticipado (RETEICA) es un mecanismo de recaudo anticipado, establecido en cada municipio, por el cual las personas responsables del impuesto de industria y comercio deben efectuar la retención por todos los pagos o abonos de cuenta, en la compra de bienes y servicios que están sometidas al impuesto de industria y comercio de acuerdo con las tarifas establecidas por el Concejo Municipal.
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